En el marco de la implementación de la reforma judicial en México, es importante explicar la diferencia entre los principales cargos que ahora se decidirán por elección popular: jueces, ministros y magistrados. Para ello es necesario explicar qué es el Poder Judicial y cómo está conformado.
¿Qué es el Poder Judicial de la Federación?
El Poder Judicial de la Federación es el encargado de proteger el orden constitucional, a través de la impartición de justicia y el equilibrio entre los demás poderes: Ejecutivo y Legislativo.
Este Poder está conformado por los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), los magistrados del Tribunal Electoral, de los Tribunales de Circuito (Colegiados y Unitarios) y los jueces de Distrito. Ellos se encargan, entre otras cosas, de interpretar las leyes; resolver los conflictos entre personas cuando el tema sea de competencia federal; intervenir cuando una ley o acción de alguna autoridad viole derechos individuales, y solucionar disputas entre distintas autoridades.
Además, La Suprema Corte puede investigar hechos que representen una grave violación a los derechos individuales. Para hacerlo, puede nombrar a uno de sus integrantes, a un Juez de Distrito, un Magistrado de Circuito o incluso a comisionados especiales.
Estas investigaciones pueden iniciarse por decisión de la propia Corte, o si lo solicita el Presidente, alguna de las Cámaras del Congreso o un gobernador estatal. También puede investigar por su cuenta si considera que hubo una violación al voto público que podría afectar la legalidad de una elección federal.
Después de revisar el caso, la Corte emite una opinión que envía a las autoridades correspondientes, como el Presidente, el Congreso o el Ministerio Público, para que, si hay responsables, se tomen las acciones necesarias.
También forma parte de este Poder el Consejo de la Judicatura Federal (CJF), que se encarga de tareas importantes como la administración, disciplina y supervisión. Este Consejo tiene a su cargo el Instituto de la Judicatura Federal, que se ocupa de formar a magistrados, jueces, secretarios y actuarios para que cuenten con las cualidades necesarias para la carrera judicial.
Funciones de ministros y ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Son los máximos juzgadores del país, su función principal es proteger los derechos de todas las personas; son el Máximo Tribunal Constitucional, el máximo intérprete de nuestra Constitución.
Los ministros y ministras tienen la responsabilidad de participar con voz y voto en las sesiones del Pleno, que reúne a todos los integrantes de la Corte, así como en las sesiones de la Sala a la que pertenezcan.
Además, los ministros forman parte de los comités que el Pleno determine y participan activamente en sus decisiones. También tienen la facultad de proponer que ciertos asuntos asignados a las Salas, por su relevancia o trascendencia, sean tratados por el Pleno. De igual manera, pueden sugerir que un asunto radicado en el Pleno sea resuelto por una Sala si lo consideran más adecuado.
Por su parte, la presidenta o presidente de la Suprema Corte tiene funciones adicionales, relacionadas con la administración del órgano. Entre sus tareas se encuentran:
- Tramita los asuntos que debe resolver el Pleno de la Corte
- Organiza y dirige las sesiones del Pleno y del CJF, y aprueba los temas que se van a tratar
- Firma las resoluciones del Pleno, junto con el ministro ponente y la Secretaría General de Acuerdos
- Crea comités de ministros como órganos de consulta y apoyo para la administración de la Corte
- Rinde informes ante los ministros, el CJF y representantes de los otros Poderes de la Unión
- Autorizar los planes y presupuestos anuales, tanto de la SCJN como del CJF
¿Cuáles son las funciones de los jueces del Poder Judicial?
Los jueces son los encargados de impartir justicia mediante un juicio, en el que se busca solucionar problemas o conflictos que se presentan en la sociedad, con base en la Ley y en hechos probados.
Ellos deben garantizar que la impartición de justicia se haga de forma imparcial, pronta, completa y gratuita. Una de las cualidades más importantes que debe tener un juez es la imparcialidad, lo que significa que no debe tener ningún interés en el conflicto y debe llevar y resolver el juicio sin favorecer a ninguna de las partes. Para realizar su trabajo, el juez cuenta con la ayuda de otros funcionarios, como los secretarios y los actuarios.
También cumple funciones indirectas relacionadas con la justicia, ya que las decisiones que emite generan efectos que impactan de forma importante a la sociedad, ya que su labor contribuye a mantener la tranquilidad social y el buen funcionamiento de la economía, a través de la seguridad jurídica.
Por ello, los juzgadores deben cumplir con cualidades como excelencia técnica, humildad, diligencia, objetividad, imparcialidad, honradez, independencia y lealtad, además de – por su puesto, conocimientos técnicos y especializados para ejercer su función jurisdiccional.
¿Qué es la Reforma Judicial?
La reforma judicial fue propuesta por el expresidente Andrés Manuel López Obrador y es respaldada por la actual presidenta, Claudia Sheinbaum.
Uno de los aspectos más destacados de esta reforma es la implementación de elecciones populares para elegir a jueces, magistrados y ministros de La Corte, cuando antes eran designados mediante un sistema de nombramientos. Con la reforma, se busca que la ciudadanía participe directamente en la selección de estos funcionarios, promoviendo así una mayor rendición de cuentas.
Además, la reforma contempla la reducción del número de ministros de la SCJN de once a nueve y la creación de nuevos órganos, como el Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial, que reemplazarán al Consejo de la Judicatura Federal.
Referencias:
Suprema Corte de Justicia de la Nación. (s.f.). Juezas y jueces.
Hernández Franco, E. (s.f.). El quehacer del Juzgador. Poder Judicial del Estado de Guanajuato.
Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2005, marzo). ¿Qué es el Poder Judicial de la Federación? (4ª ed.). México.
Milenio Digital. (2023, 1 de enero). Discusiones y votaciones: ¿qué hace un ministro de la SCJN?